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Sunday, December 8, 2013

Raoul Weil, de 54 años, un ex alto Unión de Bancos Suizos (UBS) ha aceptado ser extraditado a los EEUU


Raoul Weil, de 54 años, un ex alto Unión de Bancos Suizos (UBS) ha aceptado ser extraditado a los EEUU. Contra el Sr. Weil pesa una acusación contra por ayudar clientes del UBS de estado unidos ocultar más $20 millones de dolares de las autoridades fiscales norteamericanas.
 
El Sr. Weil es un ciudadano suizo que fue vicepresidente del servicio global de gestión de patrimonio del banco entre '02 y '07. En Noviembre del 2008 fue acusado por un gran-jurado en la corte federal de Fort Lauderdale en la Florida por su presunta participación en la supervisión de la actividad trans-fronteriza, fue destituido de su cargo con UBS en 2009. Los tribunales de EEUU lo declararon prófugo, listado entre los mas buscados de Interpol y fue arrestado en octubre del 2013 después de usar su verdadero nombre para registrarse en un hotel de lujo en Bolonia, Italia.


El Sr. Weil siempre ha negado su papel en la conspiración para evadir impuestos en EEUU por los clientes del banco. En el 2009, UBS, el mayor banco de Suiza, firmo un acuerdo de responsabilidad a los cargos de conspiración para defraudar a los Estados Unidos por impedir el Servicio de Rentas Internas (IRS). Como parte de ese acuerdo UBS se ha comprometió a proporcionar a el gobierno de Estados Unidos las identidades e información de cuentas de clientes de Estados Unidos con operaciones trans-fronterizas (off-shore)con el banco. Como parte del acuerdo, UBS acordó pagar 780 millones de dólares en concepto de multas, sanciones, intereses y restitución.
 

Thursday, May 30, 2013

¿Qué constituye el lavado de dinero bajo las leyes de EEUU?

"EE UU y España desmantelan el banco (Liberty Reserve) de blanqueo del cibercrimen" El País 28/07/13

La cita anterior nos llevó a pensar acerca de un tema que a menudo aparece en nuestros casos o en las noticias, pero sobre el que no hemos tenido ocasión de exponer, el lavado de dinero en el ordenamiento jurídico de EEUU.

El Código Penal de 18 Sección 1956 (a) de los EEUU define tres tipos de conducta penal en cuanto al lavado de dinero (efectivos), aunque en este resumen solo trataremos los primeros dos: las operaciones de blanqueo de capitales domesticos (dentro de los EEUU) (§ 1956 (a) (1)); las transacciones internacionales que resultan en lavado de dinero (§ 1956 (a) (2)), y las operaciones encubiertas de lavado de dinero "cuando hay un policia incubierto" (§ 1.956 (a) (3))--no trataremos este supuesto.

Para ser penalmente culpable de lavado de efectivos bajo estas provisiones, :

  1. una persona hace una transacción financiera, a sabiendas de que la propiedad involucrada en la transacción financiera representa el producto de una actividad ilícita
  2. y la propiedad debe, de hecho, se derivada de una actividad ilícita.
La fuente real de los fondos debe ser una de las formas específicas de una actividad delictiva, o de las incorporadas por referencia en la Ley RICO (18 USC § 1961 (1)). Incluso las divisas productos de ciertos delitos cometidos en otros países (fuera de los EEUU) pueden estar sujetas a las leyes de lavado de dinero.

Para probar una violación del § 1956 (a) (1), el gobierno de los EEUU debe probar, ya sea por la evidencia directa o circunstancial, de que el acusado sabía que la propiedad en cuestión era el producto de cualquier delito bajo leyes estatales, federales o de otro país. El gobierno no necesita demostrar que el acusado sabía que el delito específico del que se derivan los ingresos, ni los detalles de esa criminalidad, el gobierno únicamente necesita establecer que el acusado sabía que los bienes proceden de una fuente ilícita.

El gobierno también debe probar que el acusado ha iniciado, participado o dirigido a otros para concluir una operación financiera. Una "transacción" se define en la § 1956 (c) (3), como compra, venta, préstamo, compromiso, regalo, transferencia, entrega, u otra forma de disposición, y con respecto a una entidad financiera, un depósito, retiro, transferencia entre cuentas, préstamo, intercambio de divisas, extensión de crédito, compra o venta de caja de seguridad, o cualquier otro tipo de pago, transferencia o entrega por, o a través de una institución financiera.

Como se puede ver para en los EEU lavado de dinero puede encontrase en simplemente pasar el dinero de una persona a otra, siempre y cuando se haga con la intención de ocultar el origen, la propiedad, la ubicación o el control del dinero. Sin embargo, la posesión solitaria de dinero sin ni una transacción financiera o un intento de ocultar no es un delito en los Estados Unidos.

Para mas información sobre este tema o cualquier otro no duden en contactar con nosotros info@mercadorengel.com, somos abogados especializados en la defensa de casos penales. www.mercadorengel.com +1-305-432-2199 o +1-617-284-6700 en EEUU, +34-911239199 en España.



Sunday, March 17, 2013

Motivos Para Denegar Una Solicitud de Extradición


En general los motivos para denegar una solicitud de extradición vienen establecidos por la ley domestica de cada país, el derecho internacional y los acuerdos de extradición, bien sean instrumentos multilaterales y bilaterales de extradición, e incluyen los siguientes (esta lista no es exhaustiva):

  •  “Cosa juzgada” (Double Jeopardy), o el principio legal que una persona no debe ser procesado ni condenado por razón de un delito que haya sido ya condenado o absuelto.
  • La solicitud será rechazada si el propósito de la solicitud se considerará como de enjuiciar o castigar a la persona por razón de raza, religión, nacionalidad, género, orientación sexual u opiniones políticas, o si la persona extraditada pueda ser objeto de discriminación en el juicio o castigado injustamente por cualquiera de estas razones.
  • El paso del tiempo es otra consideración. La solicitud será rechazada si sería opresivo de enjuiciar o castigar a la persona por el delito de extradición debido a la edad del presunto delito.
  • Edad de la persona buscada, la extradición no es posible si debido a su edad, la persona no puede ser condenada por el delito en el país donde se encuentra.
  • La ausencia de disposiciones especiales; especialidad es el principio de que una persona sólo puede ser castigado en el Estado requirente por la conducta respecto de la cual se ordenó la extradición. Instrumentos de extradición invariablemente incluyen disposiciones especiales.
  • Si la persona buscada ha sido extraditada de un país a otro, deberá solicitarse la autorización o consentimiento del primer país.
  • Que el país demandante no tenga tratado o convenio de extradición con el país donde se encuentra la persona.
  • Los derechos humanos, la extradición será denegada si no sería compatible con los derechos de la persona reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos en el sentido de la Ley de Derechos Humanos.
  • Pena de muerte, una persona no debe ser extraditado si hay una posibilidad de que la persona va a ser condenado a muerte. La extradición puede ser posible si el Estado solicitante se compromete a que la pena de muerte no se impondrá.
  • Condición física o mental, y si sería injusto u opresivo extraditar a la persona requerida por este motivo la solicitud de extradición ni será rechazada o aplazada hasta que la condición mejore.
 Nosotros en Mercado & Rengel estamos a vuestra disposición para cualquier tema relacionado con la extradición ya que somos penalistas e talla internacional defensor de los derechos civiles. Se pueden comunicar con nosotros al 1-305-432-2199 (EEUU), 34-917942814 (España). Por Skype: mercado.rengel o por email info@mercadorengel.com. Para mas información sobre nuestro despacho visítenos en www.mercadorengel.com

Monday, January 14, 2013

Arrestan en RD a Emerson Guzmán

Foto del FBI
Autoridades en la Republica Dominicana informaron que el 13 de enero 2013 arrestaron a un presunto narcotraficante dominicano reclamado en extradición por la justicia de EEUU por delitos relacionados con narcotráfico. El caso proviene de la corte del federal del Distrito Sur de Nueva York.

El detenido fue identificada como Emerson Guzmán, de 41 años, quien llevaba varios años con orden de búsqueda y captura del FBI y se encontraba en la listas de Interpol.

Guzmán según la FBI formaba parte de una banda organizada que importaba cocaína y heroína para distribución en el este de los EEUU. Esta organización, según el gobierno de EEUU, fue responsable del transporte y la distribución de cientos de kilogramos de cocaína en toda el área de Nueva York. Los miembros del Cártel del Golfo, basada en Reynosa, México, mantenían relaciones con la organización. Guzmán fue acusado de estar involucrado específicamente en el transporte de grandes cantidades de cocaína desde Atlanta, Georgia a Nueva York. Guzmán ha sido fugitivo desde agosto de 2007.

Para mas información sobre este caso o cualquier otro no duden en contactar con nosotros info@mercadorengel.com, somos abogados especializados en la defensa de casos penales. www.mercadorengel.com

Wednesday, January 19, 2011

Países sin tratados bilaterales con los Estados Unidos realtivos a extradición

Muy a menudo alguien nos pregunta cuáles son los países que no tienen tratados de extradición con los Estados Unidos? Bueno, aquí están los países que no tienen actualmente tratados bilaterales con los Estados Unidos relativos a extradición:
  1. Bielorrusia
  2. Bután
  3. Botswana
  4. Brunéi
  5. Burkina Faso
  6. Burundi
  7. Camboya
  8. Camerún
  9. Cambodia
  10. Cabo Verde
  11. República Centroafricana
  12. Chad
  13. China
  14. Comoras
  15. Djibouti
  16. Guinea Ecuatorial
  17. Etiopía
  18. Emiratos Árabes Unidos
  19. Gabón
  20. Guinea
  21. Guinea Bissau
  22. Indonesia
  23. Irán
  24. Costa de Marfil
  25. Kuwait
  26. Laos
  27. Líbano
  28. Libia
  29. Madagascar
  30. Malí
  31. Maldivas
  32. Mauritania
  33. Mongolia
  34. Marruecos
  35. Moldavia
  36. Montanegro
  37. Mozambique
  38. Nepal
  39. Níger
  40. Omán
  41. Katar
  42. Rusia
  43. Ruanda
  44. Samoa
  45. Santo Tomé y Príncipe
  46. Arabia Saudita
  47. Senegal
  48. Somalia
  49. Sudán
  50. Siria
  51. Togo
  52. Túnez
  53. Uganda
  54. Ucrania 
  55. Uzbekistán - Acuerdo de asistencia judicial únicamente
  56. Venezuela - Acuerdo de asistencia judicial únicamente
  57. Vanuatu
  58. Vietnam
  59. Yemen
  60. Yemen del Sur
  61. Zaire
Es importante recordar que la extradición es muy complicado e incluso países con acuerdos de extradición tienen normas como la de no extraditar a sus propios ciudadanos u otras peculiaridades.  Por ejemplo, un país como Canadá no extradita personas a quien le podrían imponer la pena de muerte. También hay que tener en cuenta que un país que no tiene tratado de extradición en vigor no significa que sea imposible de ser removido a ese país. Para obtener más información sobre este tema por favor leer un post sobre extradición titulado Motivos Para Denegar Una Solicitud de Extradición o comuníquese directamente con nosotros de forma confidencial--usamos Skype y Whatsapp.

¿Qué debo hacer si tengo un procedimiento de extradición internacional pendiente en mi contra?

Debe consultar a un abogado de defensa penal federal que esté familiarizado con los procedimientos de extradición y el tratado del país solicitante. Si lo extraditan de Estados Unidos a otro país, las sanciones penales podrían ser más severas. Nosotros en Mercado & Rengel como abogados penalistas experimentados en asuntos internacionales  con oficinas en Europa y EEU estamos bien informados sobre los procesos de la Interpol y de derecho internacional en general.

Estamos disponibles para ayudarles en materias de extradición, casos penales o con cualquier inquietud legal. No dude en contactar con nosotros en Madrid +34911239199 o EEUU +1-617-284-6700, correo electrónico a info@mercadorengel.com o por Skype: mercado.rengel; www.mercadorengel.com.

Beneficios de Contratar a un Abogado de Inmigración Para que lo Represente

Como cualquier persona que haya pasado por el proceso le dirá, descifrar cualquier área de la ley de inmigración de EEUU no es nada fácil y...